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WEWORK ON DEMAND

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE MEMBRESÍA

Última actualización: 15 de octubre de 2022

Disposiciones generales

1. Descripción general. Estos términos (los “Términos y condiciones de membresía deWeWork On Demand”), junto con cualquier otra política y procedimiento aplicable que se suministre o ponga a su disposición ocasionalmente (en conjunto, el “Contrato”), establecen los términos de uso de su membresía de WeWork On Demand (la “Membresía”), describen sus derechos y obligaciones en relación con su acceso a los espacios de trabajo y servicios de WeWork On Demand proporcionados como parte de, o que sean consecuencia de o estén relacionados con, su Membresía (según se describen en el presente y según estén disponibles ocasionalmente, los “Servicios”) y, en la medida permitida por la ley aplicable, incluyen una renuncia a demandas colectivas y un acuerdo para resolver cualquier controversia que pueda surgir mediante arbitraje. Al utilizar los Servicios, usted acepta que cumplirá y estará obligado por este Contrato.

2. Políticas y términos de servicio aplicables. La Membresía está sujeta a lo siguiente (en conjunto, las “Políticas de WeWork”): (i) las Reglas de la Casa de la Membresía de WeWork (las “Reglas de la Casa”) y las Reglas de la Casa de cualquier sede de WeWork On Demand en la que usted o sus empleados, agentes e invitados usen su Membresía (cualquiera de dichas Reglas de la Casa estarán disponibles en la ubicación de WeWork), (ii) las políticas de WeWork que se le notifiquen al momento correspondiente, incluida la Política de Privacidad Global de WeWork, (la “Política de privacidad de WeWork”), (iii) losTérminos de servicio de la Aplicación WeWork(los “TdS de la Aplicación WeWork”), (iv) los Términos de los servicios de conexión de datos y acceso a internet de WeWork (los “TdS de conexión de datos y acceso a internet de WeWork”), (v) la Política de cookies de WeWork, (vi) las pautas, términos, condiciones y/o reglamentos adicionales (incluidas las obligaciones de pago adicionales) que se le notifiquen según corresponda a cualquier servicio adicional que adquiera de nosotros, y (vii) cualquier política o procedimiento que pueda ser implementado en una instalación en particular, incluidas, entre otras, las reglamentaciones de salud locales. Para utilizar su Membresía, por el presente, acepta estas políticas y términos de servicios, así como sus actualizaciones. Podemos actualizar, enmendar o complementar en el momento que consideremos oportuno nuestras políticas y términos de servicio, en cuyo caso procuraremos notificarle de dichas actualizaciones, modificaciones o complementos. Se considerará que usted aceptó tales actualizaciones, modificaciones o complementos si continúa utilizando su Membresía.

3. Quiénes somos. Para los fines de este Contrato, somos la entidad de WeWork que se indica a continuación en función del lugar donde se prestan los Servicios. Nos reservamos el derecho de cambiar la entidad legal que le cobra por su Membresía, si corresponde, y le notificaremos dichos cambios. Además, los Servicios podrán ser prestados por la entidad de WeWork que se indica a continuación o por una de nuestras subsidiarias o filiales. La entidad correspondiente con la cual usted celebra el presente Contrato se denomina en este Contrato “nosotros”, “nuestro” “nos” o “WeWork” y será designada en su factura. Si tiene alguna pregunta relacionada con la Aplicación WeWork, comuníquese con nosotros al correo on-demand-support@wework.com. Para todas las demás consultas, incluidos los avisos legales, comuníquese con la entidad de WeWork que se indica a continuación a la dirección: c/o WeWork Inc., 575 Lexington Avenue, 16th Floor, New York, NY 10022, Attn: Legal - WeWork On Demand. La entidad de WeWork correspondiente se basa en el lugar donde se prestan los Servicios, y la siguiente lista puede cambiar cuando corresponda:

● Australia: WeWork Australia Pty Ltd

● Bélgica: WeWork Belgium

● Brasil: WeWork Serviços de Escritório Ltda

● Canadá: WeWork Canada LP ULC

● República Checa: WeWork (Czech Republic) s.r.o.

● Francia: WeWork France SAS

● Alemania: WeWork Germany GmbH

● Irlanda: WeWork Community Workspace Ireland Limited

● Italia: WeWork Italy S.R.L.

● México: WeWork México Co, S. de R.L. de C.V.

● Países Bajos: WeWork Netherlands B.V.

● Noruega: WeWork Norway AS

● Polonia: WeWork Poland sp. z o.o.

● Singapur: WeWork Singapore Pte. Ltd.

● España: WeWork Community Workspace, S. L.

● Corea del Sur: WeWork Korea Yuhan Hoesa

● Suecia: WW Sweden AB

● Reino Unido: WeWork Community Workspace UK Limited

● Estados Unidos de América: WeWork Commons LLC

4. Quién es usted. Las referencias a “Miembro”, “usted”, “su” y palabras similares en el presente Contrato indican la entidad o la persona que se registra para su Membresía y que acepta estar obligada por este Contrato y las Políticas de WeWork. Si usted celebra este Contrato en nombre de una entidad, usted declara y garantiza que tiene todos los derechos, la facultad y el consentimiento necesarios para obligar a dicha entidad por el presente Contrato. Usted y cualquiera de sus invitados, deben tener al menos la siguiente edad para realizar una Reserva (definida a continuación) en la Aplicación WeWork en las siguientes sedes:

  • 18 años de edad para los Servicios prestados en Australia, Bélgica, Brasil, Canadá (solamente Alberta, Ontario y Quebec), Colombia, República Checa, Francia, Alemania, Irlanda, Italia, México, Países Bajos, Noruega, Polonia, España, Singapur, Suecia, el Reino Unido y los Estados Unidos;

  • 19 años de edad para los Servicios prestados en Canadá (únicamente Nueva Escocia y Columbia Británica) y Corea del Sur, y

  • 20 años de edad para los Servicios prestados en Japón.

Las personas que no hayan alcanzado la edad mínima requerida legalmente para consumir alcohol en la jurisdicción aplicable no podrán consumir alcohol en un espacio de WeWork. Consulte las Reglas de la Casa para obtener más detalles sobre nuestra política de bebidas alcohólicas.

5. Usuarios autorizados. Su Membresía es solo para uso personal, y no se le permite compartir su Membresía con ninguna otra persona.

6. Servicios. Sujeto a los términos de este Contrato, WeWork le proporcionará acceso y uso de los Servicios en unas instalaciones que ofrecen acceso a los miembros de WeWork On Demand con sus derechos de acceso, las cuales pueden estar bajo control, operación o marca de WeWork, o bajo control, operación o marca de terceros (las “Instalaciones”). WeWork On Demand y las Instalaciones deben usarse únicamente para fines profesionales coherentes con los usos de co-working y espacios de oficina flexible y están sujetos en todo momento a los usos permitidos en virtud de nuestros arrendamientos correspondientes. Para utilizar los Servicios, se le pedirá que descargue la Aplicación WeWork, sujeta a los TdS de la Aplicación WeWork, y que reserve el acceso a las instalaciones de WeWork para una fecha y hora específicas en la aplicación (una “Reserva”). Para cualquier Reserva en las Instalaciones que esté bajo control, operación o marca de terceros, es posible que también se le solicite que acepte términos adicionales en relación con el uso de dichas Instalaciones.

Los Servicios incluidos para cada Reserva realizada en virtud de su Membresía son los siguientes:

a. Uso y acceso para una sola ocasión de un espacio de trabajo diario de WeWork o una sala de reuniones en la fecha y durante el plazo establecido en la Aplicación WeWork, en las Instalaciones, según disponibilidad y reserva previa a través de la Aplicación WeWork.

b. Acceso y uso de la conexión compartida de internet durante la estancia en las Instalaciones, conforme a los TdS de conexión de datos y acceso a internet de WeWork.

c. Acceso y uso de áreas comunes, cabinas telefónicas privadas y las cocinetas y bebidas disponibles en las Instalaciones.

Además de los Servicios incluidos en una Reserva en virtud de su Membresía, es posible que pueda comprar servicios o complementos adicionales a su Membresía directamente de nosotros a través de la Aplicación WeWork o de otro modo cuando sea posible, y estos servicios o complementos adicionales se le facturarán por separado de los cargos por su Membresía.

Los Servicios y el acceso a los espacios de trabajo reservados solo estarán disponibles para usted durante Horas Hábiles Regulares en los Días Hábiles Regulares. Por lo general, las “Horas Hábiles Regulares” son de 9:00 a.m. a 6:00 p. m. en los Días Hábiles Regulares, a menos que se especifique algo diferente al momento de la Reserva en una ubicación en particular dentro de la Aplicación WeWork. Los “Días Hábiles Regulares” son todos los días de semana, excepto los feriados bancarios/gubernamentales locales que se aplican en la región o territorio donde se encuentran las Instalaciones.

Algunos servicios no están disponibles en virtud de su Membresía, y WeWork no será responsable ante usted por ningún servicio no establecido en estos Términos y Condiciones de Membresía de WeWork On Demand. Los servicios no disponibles incluyen, entre otros, (i) la aceptación de correo postal y entregas, y (ii) el uso de las Instalaciones o cualquier sede de WeWork como su oficina de registro ante cualquier autoridad o cualquier tercero. Todos los Servicios incluidos en su Membresía se enumeran en esta sección 6.

7. Usos prohibidos de las Instalaciones y el espacio de oficinas. Usted no podrá: (i) usar las Instalaciones en calidad de tienda minorista, para atención médica (incluida cualquier diagnóstico de enfermedades) o para otro fin que implique visitas frecuentes por parte de miembros del público, como un espacio residencial o de vivienda, o para cualquier propósito no comercial exclusivamente; (ii) vender, fabricar o distribuir cualquier sustancia controlada, incluidas las bebidas alcohólicas, desde las Instalaciones; (iii) usar las Instalaciones para realizar o buscar hacer actividades ilegales u ofensivas, o (iv) almacenar cantidades significativas de dinero u otros bienes o mercancías de valor en las Instalaciones que no se guardan comúnmente en oficinas comerciales, y WeWork no será responsable de ninguna pérdida de tales objetos de valor. No puede usar ninguna parte de las Instalaciones para organizar un evento. Adicionalmente, no podrá filmar dentro de las Instalaciones, sin antes completar toda la documentación requerida y recibir el consentimiento expreso por escrito de WeWork.

8. Cambios en nuestros Servicios o en estos Términos. La disponibilidad y el alcance de los Servicios, las Instalaciones en las que están disponibles los Servicios, los precios a los que suministramos los Servicios y cualquier otro suministro de estos Términos y Condiciones de Membresía de WeWork On Demand están sujetos a cambios ocasionales a nuestra entera discreción. En la máxima medida permitida por la ley aplicable, su acceso continuo o uso de cualquier Servicio o Instalación constituye su aceptación total de los términos de este Contrato y determina que acepta quedar legalmente obligado por estos, con sus respectivas modificaciones. Los Servicios también pueden variar según el área geográfica o según Instalaciones específicas conforme se especifique dentro de la Aplicación WeWork. 

9. Pago. Cobraremos cualquier cargo por las Reservas en virtud de su Membresía, y cualquier otro servicio o complemento que usted pueda comprar a través de la Aplicación WeWork o de otro modo, mediante el método de pago indicado en la Aplicación WeWork, cuyos cargos se indicarán como partidas individuales separadas en su factura. Se le cobrará cada vez que haga una Reserva dentro de la Aplicación WeWork. Todos los montos en virtud de este Contrato estarán en la moneda local donde se prestarán los Servicios.

10. Cancelaciones de Reservas y reembolsos. Cuando necesite cancelar una reserva y lo haga dentro del período de cancelación, se le reembolsará automáticamente el costo de su Reserva a su forma de pago original. Puede cancelar una Reserva directamente dentro de la Aplicación WeWork, siempre que se encuentre dentro del período de cancelación. En lo que respecta a las Reservas de salas de reuniones y espacios de trabajo diario realizadas como mínimo un día antes de la fecha de la Reserva, debe cancelar al menos 24 horas antes del inicio de la Reserva. En el caso de las Reservas de salas de reuniones o espacios de trabajo diarios realizadas el mismo día de la fecha de Reserva, puede cancelar dentro de los cinco minutos de realizada la Reserva dentro de la Aplicación WeWork. Si se encuentra fuera del período de cancelación, comuníquese con on-demand-support@wework.com para modificar o cancelar una Reserva. No recibirá un reembolso por las cancelaciones realizadas fuera del período de cancelación.

11. Impuestos. Además de los cargos por una Reserva en virtud de su Membresía y cualquier otro servicio o complemento, acepta pagar de inmediato: (i) todos los impuestos sobre las ventas, el uso, el consumo, el valor agregado y cualquier otro impuesto que deba pagar a otra autoridad gubernamental (y, a petición nuestra, nos proporcionará pruebas de dicho pago) y (ii) todos los impuestos sobre las ventas, el uso, el consumo, el valor agregado y cualquier otro impuesto (en conjunto, “Impuesto” o “Impuestos”)atribuibles a su Membresía y cualquier otro servicio o complemento que se muestre en su factura.

En la medida en que el impuesto al valor agregado (IVA) se muestre en su factura, usted reconoce que los Servicios están sujetos al IVA y declara que utilizará las Instalaciones para actividades comerciales sujetas al pago de IVA. También acepta que, en caso de que no utilice, o ya no utilice, las Instalaciones para actividades comerciales sujetas al pago de IVA, deberá informar de inmediato a WeWork al respecto mediante una carta firmada. Cualquier indemnización o IVA que WeWork no pueda recuperar como consecuencia de este hecho, será su responsabilidad.

En la medida en que, si corresponde, se considere que los Servicios constituyen, a los fines del IVA, el arrendamiento de bienes inmuebles, WeWork, por el presente, le confirma y notifica que ha ejercido la Opción de cobrar impuestos y que, además de cualquier cargo por Reservas y todos los demás montos que usted debe pagar en virtud de este Contrato, pagará a WeWork un monto igual al IVA sobre dichos montos, como se muestra en la factura de impuestos emitida por WeWork a usted. A los fines de esta sección, “Opción de cobrar impuestos” significa la elección de WeWork de aplicar el IVA a cualquier cargo por Reservas y todos los demás montos pagaderos con respecto a este Contrato.

12. Privacidad de datos. Recopilamos, tratamos, transferimos y protegemos sus datos personales de conformidad con las estipulaciones de la Política de privacidad global de WeWork, y de conformidad con todas las leyes de protección de datos aplicables.

Terminación

13. Terminación de la Membresía. Puede dar por terminado este Contrato en todo momento cancelando cualquier Reserva pendiente y eliminando de forma permanente la Aplicación WeWork instalada en su teléfono inteligente, lo que desactivará el uso que usted haga de la Aplicación WeWork y los Servicios. Puede cerrar su cuenta de Membresía en cualquier momento enviándonos un correo electrónico a on-demand-support@wework.com. Además, podemos, a nuestra entera discreción, restringir, suspender o cancelar su acceso o uso de su cuenta de Membresía con efecto inmediato y sin previo aviso, lo cual incluye, entre otras, en situaciones en las que (i) usted no cumpla con las disposiciones y los requisitos de este Contrato o nuestras políticas, (ii) usted hace un uso indebido de su Membresía, o (iii) si sospechamos razonablemente —o recibimos un aviso de una autoridad de gobierno, legislativa u otra autoridad en el cual dicha autoridad indica que considera razonablemente— que usted está utilizando su Membresía para realizar, participar en, o facilitar actividades delictivas o fraudulentas. En caso de que tomemos la decisión de cancelar su Membresía en relación con la interrupción de la totalidad o parte de esta oferta de Membresía, nos esforzaremos por proporcionarle un aviso previo de dicha cancelación con al menos 30 días de anticipación (o al menos 60 días para las personas ubicadas en la provincia de Quebec). Proporcionaremos reembolsos por las Reservas pendientes tras la rescisión o cancelación de su cuenta con respecto a los montos ya pagados, a menos que nosotros cancelemos su cuenta por cualquiera de los motivos establecidos en las cláusulas (i) - (iii) anteriores.

14. Responsabilidad después del vencimiento o terminación; preservación de la validez de las estipulaciones. Usted continuará siendo responsable de los montos adeudados anteriores, y podremos ejercer nuestros derechos de cobrar el pago adeudado, pese a la finalización o el vencimiento de su cuenta de Membresía. Las cláusulas 1, 13, 15-19, 26 y los anexos también continuarán vigentes después de cualquier rescisión o vencimiento de este Contrato, así como también otras disposiciones de este Contrato que se espere de forma razonable que continúen en vigencia después de la rescisión o el vencimiento del Contrato.

Propiedad intelectual

15. Propiedad intelectual de WeWork, uso del nombre de WeWork y fotografías de las Instalaciones. No podrá tomar, copiar ni usar para ningún fin el nombre “WeWork” ni ninguno de los nombres de nuestros otros negocios, marcas comerciales, marcas de servicio, logotipos, imagen comercial, material de marketing, otros identificadores u otra propiedad intelectual, ni versiones alteradas o modificadas de estos, ni tomar, copiar o usar para ningún fin ninguna imagen o ilustración de ninguna parte de las sede de WeWork, ni participar en ninguna conducta que pueda causar confusión entre los productos y servicios de WeWork y usted o, si corresponde, su empresa, sin nuestro consentimiento previo, en el entendido de que durante el plazo del presente Contrato usted podrá usar “WeWork” en texto sin formato a fin de identificar una Instalación, dirección o la ubicación de la una oficina de forma precisa.

Exención de garantías y limitaciones de responsabilidad

16. Renuncia y exención de reclamos. En la medida permitida por la ley, WeWork y nuestro propietario en una sede de WeWork y nuestras filiales, matrices y sucesores y cada uno de los empleados, cesionarios, ejecutivos, agentes y directores de nosotros y de ellos (en conjunto, las “Partes WeWork”) renuncian a todas las garantías y términos, expresos o implícitos, con respecto a su Membresía. En la medida en que así lo permita la ley, usted, en su propio nombre y en el de los empleados, representantes e invitados de usted y de ellos, (i) renuncia a todos los reclamos, responsabilidades, costos, daños y perjuicios, gastos y derechos, que incluyen los honorarios razonables de los abogados, (los “Reclamos”) en contra de las Partes WeWork que se deriven de lesiones o daños, destrucción, robo o pérdida de propiedad, persona o mascota y (ii) exime a las Partes WeWork de dichos Reclamos. Usted, en su propio nombre, renunciará, y por el presente renuncia, a sus derechos en virtud de la ley de cualquier jurisdicción, que disponga en esencia lo siguiente: “Una exención general no se extiende a los reclamos que el acreedor o la parte que exime no conoce o sospecha que existen a su favor al momento de formalizar la exención y, que, de haberlos conocido, habrían alterado sustancialmente su acuerdo con el deudor o parte eximida”. A los fines de evitar dudas, ninguna disposición de estos Términos y Condiciones de Membresía de WeWork On Demand eximirá un reclamo ni excluirá nuestra responsabilidad en la medida en que surja de (a) nuestra negligencia o dolo graves, o (b) nuestro fraude o declaración fraudulenta.

17. Productos o servicios externos. Su Membresía puede darle a usted acceso a productos, servicios o publicidades suministrados por parte de proveedores de servicios externos u otros de nuestros socios comerciales (“Servicios Externos”). Los Servicios Externos son prestados exclusivamente por el proveedor de servicios externos correspondiente (“Proveedor de Servicios Externos”) y conforme a acuerdos independientes entre usted y el Proveedor de Servicios Externos correspondiente. NO EXISTE NINGUNA GARANTÍA DE APTITUD PARA EL COMERCIO, NINGUNA GARANTÍA DE ADECUACIÓN PARA UN USO EN PARTICULAR, NI GARANTÍA DE NINGÚN TIPO, EXPRESA O IMPLÍCITA, RESPECTO DE LOS SERVICIOS EXTERNOS, Y NO SOMOS RESPONSABLES DE NINGUNA FORMA DEL CONTENIDO DE NINGÚN VÍNCULO, PRODUCTO, SERVICIO U OTROS MATERIALES RELACIONADOS CON NINGÚN SERVICIO EXTERNO. Para evitar dudas, los “Servicios” no incluyen, y no somos responsables de, Servicios Externos.

18. Limitación de responsabilidad. En la medida en que lo permita la ley, la responsabilidad monetaria total de cualquier Parte WeWork con usted y los empleados, representantes e invitados de usted o de ellos, por cualquier motivo y por todas las pretensiones judiciales, ya sea por contrato, responsabilidad extracontractual, incumplimiento de la obligación legal u otro fundamento en derecho o régimen de equidad (equity), no superará los montos totales que usted nos haya pagado por el producto o servicio por el cual surgió el reclamo en los doce (12) meses previos al surgimiento del reclamo, salvo en caso de que lo ocasione (x) la negligencia grave, mala conducta intencional o fraude de cualquier Parte WeWork o (y) la negligencia de cualquier Parte WeWork en el caso de cualquier lesión corporal. Ninguna de las Partes WeWork será responsable en virtud de una pretensión judicial, en lo que respecta a todos aquellos daños y perjuicios indirectos, especiales, incidentales, consecuentes o por abuso de confianza, incluidos el lucro cesante o la interrupción de la actividad comercial, o bien por el costo de cualquier bien, servicio o tecnología sustitutos. Usted reconoce y acepta en su nombre que, en la medida en que lo permita la ley, no podrá iniciar ninguna acción o proceso contra ninguna de las Partes WeWork, ya sea por contrato, responsabilidad extracontractual, incumplimiento de la obligación legal u otro fundamento en derecho o régimen de equidad (equity), a menos que la acción, la demanda o el proceso se inicien dentro de un (1) año desde el momento en que surge la pretensión judicial. Usted acepta que no iniciará ninguna acción o procedimiento por los montos adeudados o el cumplimiento de alguna obligación en relación con este Contrato contra cualquier persona o entidad que no sea la entidad de WeWork aplicable según se establece en el cuadro de la sección 3.

19. Indemnización. En la medida en que lo permita la ley, usted indemnizará a las Partes WeWork frente a cualquier reclamo, incluidos reclamos de terceros, obligaciones y gastos, incluidas los honorarios razonables de los abogados, que surja como consecuencia de un incumplimiento o presunto incumplimiento de este Contrato o cualquiera de las Políticas de WeWork, por su parte o la de sus invitados o mascotas, o cualquiera de las acciones u omisiones de usted o de ellos, excepto cuando un reclamo sea el resultado de la negligencia, el dolo o el fraude grave de las Partes WeWork. No deberá realizar ningún acuerdo que exija un acto adverso significativo o la admisión nuestra, o que imponga alguna obligación para cualquier de las Partes WeWork, a menos que usted primero haya obtenido nuestro consentimiento por escrito o el de la Parte WeWork correspondiente. Ninguna de las Partes WeWork será responsable de ninguna obligación que surja de un acuerdo realizado sin su consentimiento escrito previo.

20. Hechos extraordinarios. WeWork no será responsable de, y no se considerará que incumple este Contrato a causa de, cualquier retraso o incumplimiento que surja de o sea ocasionado por, directa o indirectamente, fuerzas que sean ajenas al control razonable de WeWork, lo que incluye, entre otros, cualquier retraso o cambio en la construcción de, o la capacidad de WeWork de suministrar algún espacio en, alguna instalación; cualquier condición bajo el control de nuestro arrendatario en la sede correspondiente de WeWork; casos fortuitos, epidemia o pandemia, o emergencias de salud pública.

Seguro y otros miembros

21. Su seguro. Usted es responsable de mantener, a su propio cargo y en todo momento durante el plazo de este Contrato, un seguro cuya forma y monto sean adecuados para su negocio.

22. Otros miembros. No controlamos ni somos responsables de las acciones de otras personas con las cuales usted se enfrente durante el uso de los Servicios; esto incluye a otros miembros de WeWork y a sus invitados en cualquier sede de WeWork. No avalamos, respaldamos ni verificamos los datos, las opiniones ni las recomendaciones de nuestros miembros de WeWork. Si surge una controversia entre miembros, no tenemos responsabilidad ni obligación alguna de participar, mediar o indemnizar a ninguna parte, excepto en la medida que dicha controversia sea consecuencia de la negligencia o el dolo graves de WeWork.

Cumplimiento

23. Cumplimiento de las leyes. Usted y WeWork, cada uno en cuanto a sí mismo, deberán cumplir con todas las leyes y reglamentaciones aplicables en relación con los Servicios en virtud de este Contrato.

24. Sanciones. Por el presente, usted declara y garantiza que, (i) durante el plazo de este Contrato, usted cumplirá con todas las sanciones económicas, las leyes y las reglamentaciones de control de exportaciones, tanto de EE. UU. como aquellos que no pertenezcan al país, incluidos, entre otros los reglamentos de sanciones económicas implementados en virtud de una autoridad legal o Decretos del Poder Ejecutivo y administrados por la Oficina de Control de Bienes Extranjeros (Office of Foreign Assets Control, “OFAC”) del Departamento de Tesoro de EE. UU. (Sección 31 del Código de Regulaciones Federales [C.F.R.], Parte 500 y siguientes), las Regulaciones de la Administración de Exportaciones del Departamento de Comercio de los EE. UU. (Sección 15 del C.F.R., Parte 730 y siguientes), las normas y regulaciones de sanciones económicas del Consejo Europeo, Reino Unido, y los Estados Miembros de la Unión Europea (UE), y el Reglamento de doble uso 428/2009 de la UE (colectivamente, las “Leyes de control de comercialización”); (ii) ni usted ni ninguna de sus subsidiarias o afiliadas, ni los directores o ejecutivos (a) son ciudadanos o residentes de países sujetos a las sanciones territoriales integrales de la OFAC, una entidad constituida en virtud de las leyes de estos países, o de otro modo se encuentran en dichos países (en adelante, los “Países sancionados”); (b) están identificados en las listas de partes restringidas del gobierno de EE. UU., incluida la Lista de nacionales especialmente designados y la Lista de evasores de sanciones extranjeras administrada por la OFAC; la Lista de partes denegadas, la Lista no verificada o la Lista de entidades que lleva el Departamento de Comercio, Industria y Seguridad de EE. UU.; o la Lista de partes legalmente rechazadas que lleva la Dirección de Control de Comercio de Materiales de Defensa del Departamento de Estado de EE. UU.; (c) son personas o entidades incluidas en la lista consolidada de personas y entidades sujetas a medidas de congelamiento de activos u otras sanciones que lleva la UE y de los Estados Miembro de la UE; (d) son personas o entidades sujetas a medidas de congelamiento de activos u otras sanciones que lleva El Tesoro de su Majestad del Reino Unido o (e) o una persona incluida en cualquier lista de sanciones o partes restringidas en la jurisdicción donde se prestan los Servicios (colectivamente en el presente, “Partes restringidas”); (iii) ni usted ni ninguna de sus subsidiarias o afiliadas pertenecen en un 50 % o más, de forma individual o en total, directa o indirectamente, a una o más de las Partes restringidas o de otro modo son controladas por estas Partes restringidas; (iv) menos del 10 % de sus ingresos anuales totales son generados, y continuarán siéndolo durante el plazo del Contrato, a partir de actividades que involucran, de forma directa o indirecta, a uno o más de los Países sancionados, y (v) ni usted ni ninguna de sus subsidiarias o afiliadas, ni sus directores o ejecutivos participarán, en ningún momento durante el plazo, en ninguna actividad en virtud de este Contrato, incluido el uso de Servicios provistos por WeWork en relación con el presente Contrato, que viole las Leyes de control de comercialización vigentes u ocasione que WeWork incumpla dichas Leyes de control de comercialización.

25. Lucha contra el lavado de dinero. Usted y WeWork, cada uno respecto a sí mismo, por el presente, declaran y garantizan que en todo momento realizaron y realizarán sus respectivas operaciones conforme a todas las leyes que prohíben el soborno público o comercial y el lavado de dinero (las “Leyes contra el Lavado de Dinero”), y que todos los fondos que cada uno usará para cumplir con los pagos y obligaciones en virtud de este Contrato derivarán de fuentes lícitas, conforme a las disposiciones de las Leyes contra el Lavado de Dinero. Nos proporcionará toda la información y documentación que le solicitemos ocasionalmente a fin de cumplir con las todas las Leyes contra el Lavado de Dinero.

26. Leyes contra la Corrupción. Ninguna de las partes ni ninguno de sus directores, ejecutivos, empleados, agentes, subcontratistas, representantes o cualquier persona que actúe en su nombre, ni ninguno de sus Miembros (i) han ofrecido, pagado, otorgado, prometido o autorizado, de forma directa o indirecta, el pago de dinero, obsequio o ningún elemento de valor a las siguientes partes: (A) cualquier Funcionario gubernamental o partido comercial; (B) cualquier persona que se sepa o respecto de la cual se cuente con un motivo para saber que la totalidad o una parte de dicho dinero, obsequio o elemento de valor se ofrecerá, pagará u otorgará, de forma directa o indirecta, a cualquier Funcionario gubernamental o parte comercial; (C) cualquier empleado o representante de WeWork con los siguientes fines: (1) influenciar un acto o una decisión del Funcionario gubernamental o la parte comercial en su calidad oficial; (2) inducir al Funcionario gubernamental o la parte comercial a hacer u omitir algún acto que viole la obligación lícita de tal funcionario; (3) obtener una ventaja inadecuada, o (4) celebrar el presente Contrato; (ii) autorizarán o harán pagos u obsequios, o cualquier oferta o promesa de pago y obsequios de cualquier tipo, de forma directa o indirecta, en relación con este Contrato, los Servicios o las Instalaciones. A los fines de esta sección, “Funcionario gubernamental” hace referencia a cualquier funcionario, empleado o persona que actúa en carácter oficial para cualquier organismo gubernamental o agencia, incluidas las empresas de propiedad del Estado o controladas por este, y las organizaciones públicas internacionales, así como también un funcionario o partido político de estas, o candidato a un cargo político.

27. Derecho aplicable y resolución de controversias

a. Renuncia a demandas colectivas. En la medida más amplia que permita la ley, todo proceso para resolver o litigar una controversia en cualquier foro se realizará exclusivamente de manera individual. Ni usted ni nosotros pretenderemos que la controversia correspondiente se trate como una demanda colectiva o en cualquier otro proceso en el que cualquiera de las partes actúe o pretenda actuar en calidad de representante. No se combinará o sumará ningún procedimiento con otro sin el previo consentimiento por escrito de todas las partes en los procedimientos afectados. Usted también acepta no participar en reclamos presentados en calidad de representante o procurador general privado, ni en ningún reclamo consolidado que involucre la cuenta de otra persona, si somos parte del proceso. USTED RENUNCIA AL DERECHO DE PARTICIPAR COMO REPRESENTANTE COLECTIVO O MIEMBRO COLECTIVO EN CUALQUIER DEMANDA COLECTIVA QUE PUEDA PRESENTAR EN CONTRA NUESTRA, INCLUIDO TODO DERECHO A UN ARBITRAJE COLECTIVO O CONSOLIDACIÓN DE ARBITRAJES INDIVIDUALES.

b. Derecho aplicable. Este Contrato y las transacciones contempladas en el presente se regirán e interpretarán de acuerdo con las leyes vigentes aplicables en función del lugar donde se presten los Servicios de acuerdo con lo siguiente:

si los Servicios se prestan en:

  1. EE. UU., se aplicarán los términos adicionales dispuestos en el Anexo A-1: EE. UU.

  2. Canadá, se aplicarán los términos adicionales dispuestos en el Anexo A-2: Canadá.

  3. Europa, Medio Oriente o África, se aplicarán los términos adicionales que se describen en el Anexo A-3: EMEA.

  4. Hong Kong, se aplicarán los términos adicionales que se describen en el Anexo A-4: Hong Kong.

  5. Australia, se aplicarán los términos adicionales dispuestos en el Anexo A-5: Australia.

  6. Singapur, se aplicarán los términos adicionales dispuestos en el Anexo A-6: Singapur.

  7. Corea del Sur, se aplicarán los términos adicionales dispuestos en el Anexo A-7: Corea del Sur.

  8. Brasil, se aplicarán los términos adicionales dispuestos en el Anexo A-8: Brasil.

  9. México, se aplicarán los términos adicionales dispuestos en el Anexo A-9: México.

Disposiciones generales

28. Disposiciones generales. Sin perjuicio de ninguna disposición en contrario en el presente Contrato, este Contrato no se interpretará de ninguna forma como garantía para usted de ningún título, derecho, privilegio, posesión o derechos relacionados en nuestro negocio, una sede o las Instalaciones de WeWork o cualquier elemento contenido en una sede o las Instalaciones de WeWork. Este Contrato no genera ningún interés de arrendamiento (incluida cualquier garantía de arrendamiento), propiedad en arrendamiento u otra participación sobre bienes raíces. Usted y nosotros somos contratistas independientes y no se prevé ni se crea ninguna relación de agencia, asociación ni empresa conjunta a partir de este Contrato. Si alguna disposición de este Contrato se declara nula, ilegal o inaplicable en algún sentido, dicha disposición será limitada o se eliminará hasta el grado mínimo necesario para que este Contrato permanezca de otro modo en plena vigencia. Ninguna renuncia a alguno de los derechos u obligaciones en virtud del presente será válida, a menos que esté escrita y firmada por la parte que es titular del derecho o beneficiaria de la obligación. Este Contrato, junto con nuestra Política de privacidad, y otras estipulaciones o políticas a los que se hace referencia en el presente o que podemos publicar en nuestro sitio web o proporcionar con respecto a unas Instalaciones en particular, constituyen el acuerdo completo entre WeWork y usted en relación con el objeto del presente, y reemplazan cualquier acuerdo previo entre WeWork y usted con respecto a dicho acuerdo. No puede transferir ni ceder de otro modo ninguno de sus derechos u obligaciones en virtud de este Contrato (ni por ley) sin nuestro consentimiento previo. Podremos ceder este Contrato sin su consentimiento. Usted acepta que, excepto que se indique expresamente algo diferente en este Contrato, no existirán beneficiarios externos. Los títulos de las cláusulas y parágrafos de este Contrato se introducen meramente a modo de conveniencia y no afectarán su interpretación. Todo uso de “incluido”, “por ejemplo” o “como” en este Contrato se interpretará como seguido de la frase “entre otros” cuando corresponda.

ANEXOS A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA MEMBRESÍA

DERECHO APLICABLE Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

LOS ANEXOS A CONTINUACIÓN SE APLICAN EN LA MÁXIMA MEDIDA PERMITIDA POR EL DERECHO APLICABLE, Y NO SE APLICAN A LOS RESIDENTES DE LOS PAÍSES ENUMERADOS EN LA SECCIÓN 3 ANTERIOR DE UNA MANERA PROHIBIDA POR LA LEY DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR APLICABLE.

Anexo A-1: EE. UU.

a.     Derecho aplicable. Este Contrato y las transacciones contempladas en el presente se regirán e interpretarán en virtud de la ley del estado de Nueva York, EE. UU., y de los Estados Unidos haciendo caso omiso de sus disposiciones relativas a conflictos de leyes y omitiendo la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías o la implementación por parte de Nueva York o de otro estado de la Ley Uniforme de Transacciones Informáticas.

b.     Jurisdicción competente y resolución de controversias. A excepción de que cualquier parte puede buscar un recurso de reparación en virtud del régimen de equidad o similar de cualquier tribunal de jurisdicción competente, toda disputa, controversia o reclamo que surja de este Contrato, o en relación con él, o en derecho, o el incumplimiento, la extinción o la invalidez de este Contrato, que no puedan resolverse en términos amigables mediante el Contrato de las partes del presente Contrato, deberán resolverse de forma definitiva de conformidad con las reglas de arbitraje de JAMS entonces vigentes, por uno o más árbitros designados en virtud de dichas reglas.  El lugar de arbitraje será Nueva York, Nueva York, Estados Unidos.

c.     Procesos y sentencia. Los procesos serán confidenciales y en inglés. El laudo dictado será definitivo y vinculante para ambas partes. Podrá dictarse sentencia sobre el laudo en cualquier tribunal competente. En toda acción, demanda o proceso para hacer cumplir los derechos conforme a este Contrato, la parte vencedora tendrá derecho a recuperar, además de cualquier otra medida otorgada, los honorarios razonables de los abogados de la parte vencedora y otros honorarios, costos y gastos de todo tipo en relación con la acción, demanda o proceso, toda apelación o petición de revisión, el cobro de todo laudo o el cumplimiento de toda resolución, según lo determinado por el árbitro o el tribunal, según corresponda. Este Contrato se interpretará en inglés, que es el idioma del texto oficial de este Contrato.

Anexo A-2.1: Canadá (excepto Quebec)

a.     Derecho aplicable. Este Contrato y las transacciones contempladas en el presente se regirán e interpretarán de conformidad con la ley de la provincia donde se prestan los Servicios y las leyes federales de Canadá aplicables, sin considerar sus disposiciones relativas a conflictos de leyes y sin tener en cuenta la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.

b.     Jurisdicción competente. Excepto que cualquier parte puede buscar una orden judicial de reparación o un recurso similar de cualquier tribunal de jurisdicción competente, toda disputa, controversia o reclamo que surja de este Contrato o en relación con él, o en derecho, o el incumplimiento, la extinción o la invalidez de este Contrato que no puedan resolverse en términos amigables mediante el acuerdo de las partes del presente Contrato, deberán resolverse de forma definitiva de conformidad con las reglas de arbitraje comercial de la Cámara de Comercio Internacional entonces vigentes, por uno o más árbitros designados en virtud de dichas reglas.  El lugar de arbitraje será Toronto, Ontario.

c.     Procesos y sentencia. Los procesos serán confidenciales y en inglés.  El laudo dictado será definitivo y vinculante para ambas partes.  Podrá dictarse sentencia sobre el laudo en cualquier tribunal competente.  En toda acción, demanda o proceso para hacer cumplir los derechos conforme a este Contrato, la parte vencedora tendrá derecho a recuperar, además de cualquier otra medida otorgada, los honorarios razonables de los abogados de la parte vencedora y otros honorarios, costos y gastos de todo tipo en relación con la acción, demanda o proceso, toda apelación o petición de revisión, el cobro de toda adjudicación o el cumplimiento de toda resolución, según lo determinado por el árbitro o el tribunal, según corresponda.  Este Contrato se interpretará en inglés, que es el idioma del texto oficial de este Contrato.

Anexo A-2.2: Canadá (Quebec)

a.    Derecho aplicable.  Este Contrato y las transacciones contempladas en el presente se regirán e interpretarán de conformidad con la legislación de la Provincia de Quebec y las leyes federales de Canadá aplicables, sin considerar sus disposiciones relativas a conflictos de leyes y sin tener en cuenta la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.

b.    Jurisdicción competente.  A excepción de que cualquier parte puede buscar una orden judicial de reparación o un recurso similar de cualquier tribunal de jurisdicción competente, toda disputa, controversia o reclamo que surja de este Contrato o en relación con él, o en derecho, o el incumplimiento, la extinción o la invalidez de este Contrato, que no puedan resolverse en términos amigables mediante el acuerdo de las partes del presente Contrato, deberán resolverse de forma definitiva de conformidad con las reglas de arbitraje comercial de la Cámara de Comercio Internacional entonces vigentes, por uno o más árbitros designados en virtud de dichas reglas.  El lugar de arbitraje será Toronto, Ontario.

c.    Procesos y sentencia.  Los procesos serán confidenciales y en inglés o francés.  El laudo dictado será definitivo y vinculante para ambas partes.  Podrá dictarse sentencia sobre el laudo en cualquier tribunal competente.  En toda acción, demanda o proceso para hacer cumplir los derechos conforme a este Contrato, la parte vencedora tendrá derecho a recuperar, además de cualquier otra medida otorgada, los honorarios razonables de los abogados de la parte vencedora y otros honorarios, costos y gastos de todo tipo en relación con la acción, demanda o proceso, toda apelación o petición de revisión, el cobro de toda adjudicación o el cumplimiento de toda resolución, según lo determinado por el árbitro o el tribunal, según corresponda.  Este Contrato se interpretará en inglés, que es el idioma del texto oficial de este Contrato.

Anexo A-3: EMEA

a.   Derecho aplicable. Este Contrato, incluido el acuerdo de arbitraje en la cláusula (b) a continuación, y cualquier obligación no contractual que surja de o en relación con este Contrato, son regidos por y se interpretarán de conformidad con el derecho de Inglaterra.

b.   Jurisdicción competente y resolución de controversias. Cualquier reclamo, controversia o diferencia de cualquier naturaleza que surja de o en relación con este Contrato (incluido un reclamo, controversia o diferencia respecto a su existencia, extinción o validez o cualquier obligación no contractual que surja de o en relación con este Contrato) (una “Controversia”) será sometida a y conciliada de forma definitiva mediante arbitraje en virtud del Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (“CCI”) (el “Reglamento”), que esté vigente en la fecha de este Contrato y con las respectivas modificaciones introducidas por esta cláusula. Se considerará que el Reglamento es incorporado al presente con la mención hecha en esta cláusula. Habrá un total de tres (3) árbitros, uno de los cuales será nombrado por el(los) demandante(s), uno por el(los) demandado(s) y el tercero, que actuará como presidente, será designado por los dos árbitros nombrados por las partes, siempre que si el tercer árbitro no ha sido nombrado dentro de los treinta días posteriores a la nominación del segundo árbitro nominado por una de las partes, el tercer árbitro será nombrado por la Corte de la CCI.  Las partes podrán proponer, y la Corte de la CCI podrá nombrar árbitros entre los ciudadanos de cualquier país, independientemente de que una parte sea ciudadana de dicho país o no. La sede, o ubicación legal, del arbitraje será en Londres, Inglaterra, y el idioma del arbitraje será el inglés. No se aplicarán las cláusulas 45 y 69 de la Ley de Arbitraje de 1996. No se aplicarán las disposiciones sobre Árbitro de emergencia establecidas en el Reglamento.

c.  Procesos y sentencia. Los procesos serán confidenciales y en inglés.  El laudo dictado será definitivo y vinculante para ambas partes.  Podrá dictarse sentencia sobre el laudo en cualquier tribunal competente.  En toda acción, demanda o proceso para hacer cumplir los derechos conforme a este Contrato, la parte vencedora tendrá a derecho a recuperar, además de cualquier otra medida otorgada, los honorarios razonables de los abogados de la parte vencedora y otros honorarios, costos y gastos de todo tipo en relación con la acción, demanda o proceso, toda apelación o petición de revisión, el cobro de toda adjudicación o el cumplimiento de toda resolución, según lo determinado por el árbitro o el tribunal, según corresponda.  Este Contrato se interpretará en inglés, que es el idioma del texto oficial de este Contrato.

Anexo A-4: Hong Kong

a.    Derecho aplicable. Este Contrato y las transacciones contempladas en el presente se regirán e interpretarán de conformidad con la ley de Hong Kong sin considerar sus disposiciones relativas a conflictos de leyes y sin tener en cuenta la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.

b.    Jurisdicción competente. A excepción de que cualquier parte puede buscar un recurso de reparación en virtud del régimen de equidad o similar de cualquier tribunal de jurisdicción competente, toda disputa, controversia o reclamo que surja de este Contrato o en relación con él, o en derecho, o el incumplimiento, la extinción o la invalidez de este Contrato, que no puedan resolverse en términos amigables mediante el acuerdo de las partes del presente Contrato, deberán presentarse ante el Centro Internacional de Arbitraje de Hong Kong (el “Centro”) y se resolverán de forma definitiva de conformidad con las reglas de arbitraje entonces vigentes o las disposiciones legales del Centro. El lugar de arbitraje será Hong Kong y los procesos de arbitraje se llevarán a cabo en idioma inglés. El arbitraje será realizado por un (1) árbitro designado por el Presidente del Centro.

c.    Procesos y sentencia. Los procesos serán confidenciales y en inglés.  El laudo dictado será definitivo y vinculante para ambas partes.  Podrá dictarse sentencia sobre el laudo en cualquier tribunal competente.  En toda acción, demanda o proceso para hacer cumplir los derechos conforme a este Contrato, la parte vencedora tendrá a derecho a recuperar, además de cualquier otra medida otorgada, los honorarios razonables de los abogados de la parte vencedora y otros honorarios, costos y gastos de todo tipo en relación con la acción, demanda o proceso, toda apelación o petición de revisión, el cobro de toda adjudicación o el cumplimiento de toda resolución, según lo determinado por el árbitro o el tribunal, según corresponda.  Este Contrato se interpretará en inglés, que es el idioma del texto oficial de este Contrato.

Anexo A-5: Australia

a.  Derecho aplicable.  Este Contrato y las transacciones contempladas en el presente se regirán e interpretarán de conformidad con la ley del estado de Nueva Gales del Sur, Australia, sin considerar sus disposiciones relativas a conflictos de leyes y sin tener en cuenta la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.

b.  Jurisdicción competente.  A excepción de que cualquier parte puede buscar un recurso de reparación en virtud del régimen de equidad o similar de cualquier tribunal de jurisdicción competente, toda disputa, controversia o reclamo que surja de este Contrato o en relación con él, o en derecho, o la existencia, el incumplimiento, la extinción o la invalidez de este Contrato, que no puedan resolverse en términos amigables mediante el acuerdo de las partes del presente Contrato, deberán resolverse de forma definitiva mediante arbitraje de conformidad con las reglas de arbitraje del ACICA. La sede de arbitraje será Sídney, Australia. El idioma del arbitraje será el inglés. El número de árbitros será de uno.

c.  Procesos y sentencia.  Los procesos serán confidenciales.  El laudo dictado será definitivo y vinculante para ambas partes.  Podrá dictarse sentencia sobre el laudo en cualquier tribunal competente.  En toda acción, demanda o proceso para hacer cumplir los derechos conforme a este Contrato, la parte vencedora tendrá a derecho a recuperar, además de cualquier otra medida otorgada, los honorarios razonables de los abogados de la parte vencedora y otros honorarios, costos y gastos de todo tipo en relación con la acción, demanda o proceso, toda apelación o petición de revisión, el cobro de toda adjudicación o el cumplimiento de toda resolución, según lo determinado por el árbitro o el tribunal, según corresponda.  Este Contrato se interpretará en inglés, que es el idioma del texto oficial de este Contrato.

Anexo A-6: Singapur

a.    Derecho aplicable. Este Contrato estará sujeto a y se regirá e interpretará de conformidad con las leyes de la República de Singapur sin considerar sus disposiciones relativas a conflictos de leyes y sin tener en cuenta la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.

b.    Resolución de controversias. Toda controversia que surja de este Contrato o se relacione con este, incluido toda cuestión sobre su validez, existencia o extinción, se resolverá mediante arbitraje realizado en inglés por un único árbitro conforme a las reglas de arbitraje del Centro Internacional de Arbitraje de Singapur durante su vigencia, cuyas reglas se consideran incorporadas por referencia a la presente disposición. El lugar de arbitraje será Singapur.

c.    Procedimientos y laudo. Los procedimientos serán confidenciales. El laudo dictado será definitivo y vinculante para ambas partes. Podrá dictarse sentencia sobre el laudo en cualquier tribunal competente. En toda acción, demanda o proceso para hacer cumplir los derechos conforme a este Contrato, la parte vencedora tendrá a derecho a recuperar, además de cualquier otra medida otorgada, los honorarios razonables de los abogados de la parte vencedora y otros honorarios, costos y gastos de todo tipo en relación con la acción, demanda o proceso, toda apelación o petición de revisión, el cobro de toda adjudicación o el cumplimiento de toda resolución, según lo determinado por el árbitro o el tribunal, según corresponda. En caso de que lo permita la ley, este Contrato se interpretará en inglés, que es el idioma del texto oficial de este Contrato, y prevalecerá sobre cualquier traducción del Contrato que se considerará como proporcionada únicamente para efectos de referencia.

Anexo A-7: Corea del Sur

a.      Derecho aplicable. Este Contrato y las transacciones contempladas en el presente se regirán e interpretarán en virtud de la ley de la República de Corea sin tener en cuenta los principios relativos a conflictos de leyes o elección del derecho aplicable.

b.      Jurisdicción competente. Toda disputa, controversia o reclamo que surja de este Contrato o en relación con él, o en virtud del derecho, o el incumplimiento, la extinción o la invalidez de este Contrato, que no puedan resolverse en términos amigables mediante el acuerdo de las partes del presente Contrato, deberán resolverse de forma definitiva en virtud de las Reglas de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional por uno o más árbitros designados de conformidad con dichas Reglas. El lugar del arbitraje será Seúl, Corea.  Las partes acuerdan respetar la confidencialidad de la existencia del arbitraje, los procedimientos arbitrales, los materiales enviados por las partes y las decisiones tomadas por el tribunal arbitral, incluidos sus laudos, excepto según lo exija la ley aplicable y en la medida en que aún no sean de dominio público.

c.      Procesos y sentencia. Los procesos serán confidenciales y en inglés.  El laudo dictado será definitivo y vinculante para ambas partes.  Podrá dictarse sentencia sobre el laudo en cualquier tribunal competente.  En toda acción, demanda o proceso para hacer cumplir los derechos conforme a este Contrato, la parte vencedora tendrá a derecho a recuperar, además de cualquier otra medida otorgada, los honorarios razonables de los abogados de la parte vencedora y otros honorarios, costos y gastos de todo tipo en relación con la acción, demanda o proceso, toda apelación o petición de revisión, el cobro de toda adjudicación o el cumplimiento de toda resolución, según lo determinado por el árbitro o el tribunal, según corresponda.  Este Contrato se interpretará en inglés, que es el idioma del texto oficial de este Contrato.

Anexo A-8: Brasil

a. Derecho aplicable. Este Contrato y las transacciones contempladas en el presente se regirán e interpretarán de conformidad con la ley de Brasil.

b. Jurisdicción competente y resolución de controversias. A excepción de que cualquier parte puede buscar una orden judicial de reparación en virtud del régimen de equidad o un recurso de reparación similar ante un tribunal de jurisdicción competente, toda disputa, controversia o reclamo que surja de este Contrato o en relación con él, o en virtud del derecho, o el incumplimiento, la extinción o la invalidez de este Contrato, que no puedan resolverse en términos amigables mediante el acuerdo de las partes del presente Contrato dentro de los diez (10) días a partir de la notificación de una parte a la otra, deberán resolverse de forma definitiva de conformidad con las reglas de arbitraje de la Cámara de Mediación y Arbitraje FGV entonces vigentes, por uno o más árbitros designados en virtud de dichas reglas y la Ley Federal de Brasil n.º 9307/96 y todas sus modificaciones, si corresponde. El lugar de arbitraje será la Ciudad de São Paulo, estado de São Paulo, Brasil. No obstante, si las partes del arbitraje o el tribunal de arbitraje consideran necesario realizar actos (como recopilar pruebas, llevar a cabo audiencias, etc.) en un lugar diferente del lugar de arbitraje, dicho tribunal de arbitraje determinará, con justificación, la práctica de los actos en otros lugares. Para toda medida legal, será el tribunal de la Ciudad de São Paulo, estado de São Paulo, Brasil, el que intervendrá de forma exclusiva.

c. Procesos y sentencia. Los procesos serán confidenciales y en portugués. El laudo dictado será definitivo y vinculante para ambas partes. El único tribunal facultado a dictar sentencia de reconocimiento sobre el laudo será el tribunal de São Paulo, estado de São Paulo. En toda acción, demanda o proceso para hacer cumplir los derechos conforme a este Contrato, la parte vencedora tendrá a derecho a recuperar, además de cualquier otra medida otorgada, los honorarios razonables de los abogados de la parte vencedora y otros honorarios, costos y gastos de todo tipo en relación con la acción, demanda o proceso, toda apelación o petición de revisión, el cobro de toda adjudicación o el cumplimiento de toda resolución, según lo determinado por el árbitro o el tribunal, según corresponda. El presente Contrato se interpretará en idioma portugués.

Anexo A-9: México

a. Derecho aplicable. Este Contrato y las transacciones contempladas en el presente se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes de la Ciudad de México; WeWork y usted renuncian expresamente a cualquier otra jurisdicción a la cual puedan tener derecho con motivo de sus domicilios actuales o futuros, o por cualquier otra causa.

b. Arbitraje expeditivo. Toda controversia que surja de este Contrato o que se relacione con este, incluido todo cuestionamiento sobre sus existencia, validez, intención, interpretación, desempeño, cumplimiento o extinción, que no puedan resolverse de forma amigable por el acuerdo de las partes de este Contrato en un plazo no superior a 10 días calendario, deberá resolverse de forma definitiva por arbitraje de conformidad con las Reglas de arbitraje para pequeños reclamos de la Cámara Nacional de Comercio de la Ciudad de México (las “Reglas de Arbitraje”) entonces vigentes. El tribunal de arbitraje estará integrado por un único árbitro designado de conformidad con las Reglas de Arbitraje y el lugar de arbitraje será la Ciudad de México, México.

c. Procesos. Los procesos serán confidenciales y en español. El laudo dictado será definitivo y vinculante para las Partes. Al remitir la controversia a arbitraje en virtud de las Reglas de arbitraje, las Partes se comprometen a cumplir todo laudo sin retraso, y se considerará que renunciaron a su derecho de cualquier tipo de regreso. El cumplimiento de todo laudo podrá solicitarse en cualquier tribunal de jurisdicción competente.

El árbitro podrá incluir en su laudo una designación a cualquier parte de los costos y gastos, incluidas las tarifas de los abogados, los costos y gastos de administración, el asesoramiento interno, los peritos y testigos, según el árbitro lo considere razonable. Al realizar tal designación, el árbitro considerará el éxito relativo de las partes en sus demandas, contrademandas y defensas.

El presente Contrato se interpretará en idioma español.

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